August 10, 2015

¿Qué Sucede cuando el Banco Ignora un Caso de Ejecución Hipotecaria?

Con demasiada frecuencia, los prestatarios pierden sus casas en una ejecución hipotecaria porque esperaron demasiado tiempo para defenderse.

Pero una entidad crediticia también puede perder un caso de ejecución hipotecaria al abandonarlo.

A los jueces no les gusta tener casos inactivos esperando entre sus expedientes. Esperan que haya progresos con miras al juicio. Si un caso permanece demasiado tiempo sin ninguna actividad, la Corte quizás simplemente lo desestime por no enjuiciamiento.

En Spencer v. EMC Mortgage Corp., a una prestataria le desestimaron el caso de ejecución hipotecaria, no una, sino dos veces, debido a que su entidad crediticia no cumplió con el enjuiciamiento.

En 1993, la prestataria obtuvo una hipoteca a 15 años de $73,000. La entidad crediticia originalmente presentó un caso de ejecución hipotecaria en 1998, pero dicho caso fue finalmente desestimado por falta de enjuiciamiento.

La entidad crediticia presentó un nuevo caso de ejecución contra la prestataria en noviembre de 2002. Ella respondió a la demanda y planteó algunas defensas. Después de cierta actividad inicial, la entidad crediticia contrató a un nuevo abogado y el caso no llegó a ningún lado durante 13 meses.

La Corte emitió entonces una orden pidiendo a los abogados de la entidad crediticia que explicaran por qué no debía desestimarse el caso por falta de enjuiciamiento. En la Florida, la Corte o una de las partes puede emitir una notificación de falta de enjuiciamiento si no se ha producido ninguna actividad en 10 meses y el caso no está afectado por una bancarrota o algún otro tipo de suspensión. Una vez que se emite la notificación y no hay actividad durante 60 días, el caso puede ser desestimado por falta de enjuiciamiento.

En el caso Spencer, los abogados de la entidad crediticia no hicieron nada durante 82 días. Luego, tres días antes de que la audiencia fuera programada, presentaron una moción pidiendo a la Corte que decidiera el caso de ejecución hipotecaria a su favor basándose únicamente en evidencia escrita. Adujeron que nunca recibieron la notificación de falta de enjuiciamiento.

La Corte de Primera Instancia falló a favor de la entidad crediticia. No desestimó el caso porque el abogado de la entidad crediticia explicó que el plazo para la presentación de un nuevo caso de ejecución hipotecaria había expirado. La Corte concedió un juicio de ejecución hipotecaria, aunque los abogados de la entidad crediticia no presentaron una declaración jurada y sus documentos judiciales exageraban groseramente el monto adeudado por la Sra. Spencer.

La Corte de Apelaciones de la Florida revocó esta decisión y desestimó el caso. Determinó que la desestimación era justificada porque no hubo actividad en el caso durante más de 10 meses, y tampoco hubo actividad durante los 60 días posteriores a la emisión de la notificación. Aunque el abogado de la entidad crediticia alegó que no recibió la notificación, los registros demostraron que se enteró de la notificación en el plazo de un mes después de enviada y por lo tanto, tuvo más de un mes para realizar alguna acción en el caso y evitar la desestimación.

El resultado de este caso, uno de los jueces, señaló, es que la prestataria pudo permanecer en su casa durante más de 15 años después de dejar de pagar su hipoteca.