September 25, 2014

Las HOA que Buscan una Ejecución Hipotecaria Deben Proporcionar Bases Razonables para los Montos Adeudados

Las Asociaciones de Propietarios (HOA, por sus siglas en inglés) de Florida tienen gran cantidad de poder legal para imponer reglas estrictas sobre los dueños de propiedades. Además, poseen la fuerza para obligar a los propietarios de viviendas a una ejecución hipotecaria cuando las cuotas no se pagan a tiempo.

Nuestros abogados especializados en ejecuciones hipotecarias en Miami desean hacer hincapié en la importancia de buscar asesoría legal experimentada cuando se trata con Asociaciones de Propietarios. Puede existir primero la posibilidad de negociar un acuerdo con la Asociación para pagar un monto reducido, permitiendo que el propietario evite la ejecución hipotecaria. Por otra parte, un buen abogado puede ayudar a garantizar que el monto que se le ordena pagar en realidad está en consonancia con lo que adeuda.

En el reciente caso de Diwakar vs. Montecito, la Corte de Apelaciones del Cuarto Distrito de Florida se puso del lado de la propietaria en dos de los seis puntos de contención, tras un fallo final de ejecución hipotecaria y la adjudicación de honorarios legales y costas a su Asociación de Propietarios.

Aunque la propietaria planteó varios puntos en la Apelación, los dos en los cuales el Panel de Apelaciones encontró base jurídica fueron un presunto error en la adjudicación de los honorarios legales, ausencia de cualquier evidencia sustancial que respalde el monto y un fallo por moras en el mantenimiento mensual de aproximadamente $8,000 más de lo respaldado por la evidencia presentada.

El Panel de Apelaciones estuvo de acuerdo en ambos puntos, revocando la decisión de la Corte de Primera Instancia en estos asuntos y haciendo una remisión para acciones futuras.

Según los registros de la corte, la Asociación presentó una demanda para lograr una ejecución hipotecarias por cuotas ordinarias y extraordinarias impagas. Además, la Asociación intentó cobrar intereses anteriores al fallo y los honorarios/costas que se incurrieron mientras se trataba cobrar las cuotas.

El hecho de que la propietaria estuviera significativamente atrasada en sus cuotas no era un problema. La pregunta era en cuánto, y además cuánto le cuesta a la asociación recuperar las pérdidas.

En el juicio, la Asociación ofreció el testimonio de un solo auxiliar jurídico que trabajó para su abogado contratado en la rendición de cuentas de los honorarios legales. Este auxiliar jurídico había preparado el historial de las cuentas e indicado que los honorarios legales por cuenta de la demandada ascendían a casi $46,000. Aunque los documentos del historial de la cuenta presentados como evidencia indican los montos y las fechas de facturación, no había ninguna información detallada sobre la forma en que se incurrieron en dichos honorarios. Sin embargo, el testimonio del auxiliar jurídico indicó que los honorarios legales cargados a la cuenta ascendían a $41,000.

Más tarde, después de que la Corte estuviera a favor de la Asociación, el juez instruyó al abogado de la asociación a preparar un fallo final propuesto. Ese fallo final escrito, presentado después de juicio, indicó que el propietario debía pagar $21,000 por cuotas en mora.

La propietaria señaló que ninguno de estos montos eran exactos ni sustentados por evidencia.

La Corte de Apelaciones estuvo de acuerdo.

En cuanto a los honorarios legales, la norma empleada por la Corte es si el monto indicado es sustentado por una “evidencia sustancial competente”, en la que se incluye un número razonable de horas y un honorario por hora razonable considerando el tipo de litigio. Además, debe ser sustentado por pruebas periciales, que generalmente incluyen el testimonio del abogado que prestó los servicios.

En este caso, el Panel de Apelaciones dictaminó que la Asociación no pudo ofrecer ninguna evidencia sobre la sensatez de los honorarios. Aunque un experto en honorarios figuraba en la lista de testigos antes del juicio presentada a la Corte, la única evidencia en este sentido hacía referencia a una fracción del trabajo, con muy poco detalle.

En segundo lugar, con respecto a la cantidad de las cuotas en mora, la Corte de Apelaciones examinó minuciosamente el expediente y solo pudo encontrar que el monto adeudado por la propietaria debía por las cuotas ascendía a $12,300. Aunque hubo algunas cuotas adicionales que se añadieron mientras estaba pendiente el juicio, el monto no podría haber superado los $14,000. La Corte no halló ninguna justificación para que la Asociación afirmara que la propietaria debía $21,000.

Por lo tanto, las dos sentencias sobre estas cuestiones fueron revocadas y remitidas a futuras audiencias para llegar a una conclusión que esté mejor sustentada por evidencia.

Póngase en contacto con el Neustein Law Group PA, abogados especializados en ejecución hipotecaria en Miami, llamando al número (305) 531-2525.